Hotel Provincial Sierra de la Ventana

Hotel Provincial Sierra de la Ventana
Drago 130 (8168) Sierra de la Ventana Buenos Aires Argentina Teléfono: 54 291 491 5024 / 25 Email: reservas@hotelprovincialsierra.com

17 noviembre 2011

Proyecto de resolución "Pro Vida"



HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Tornquist, 14 de Noviembre de 2011
Continuando con las reuniones iniciadas para el análisis del  Proyecto de Resolución PRO VIDA (se adjunta copia del mismo), el día martes 8 del corriente,  los Presidentes de cada Bloque convocaron a representantes de los  cultos religiosos, de distintas instituciones educativas, e integrantes del Departamento Ejecutivo para  arribar a una conclusión definitiva en torno a este tema.
Durante el desarrollo de la misma se plantearon distintas modificaciones que se le podían realizar al proyecto, pero siempre acordando que el mismo sea aprobado. Se manifestó la necesidad de formar consejos en las distintas localidades, de los que participen personas con verdadera vocación en el tema, así como también representantes de instituciones que trabajan en las distintas etapas de la vida de las personas, y representantes de las áreas del Municipio, para que en conjunto se informe y analice  las políticas desempeñadas y a desempeñar en lo inmediato.

Prensa  HCD

PROYECTO PRO VIDA

Visto:
Que las distintas agrupaciones religiosas y culturales de nuestro distrito han abordado con preocupación todo lo concerniente a la defensa de la vida humana desde su concepción, manifestándose a través de diferentes actividades

Considerando:
Que el ordenamiento jurídico vigente en la República Argentina reconoce y garantiza el derecho a la vida de todo se humano desde su concepción (cfr. Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre: articulo 1;  Declaración Universal de los Derechos Humanos: articulo 3; Convención sobre los Derechos Del niño: artículos 1, 6, 19 y 24; y Declaración Argentina que integra el compromiso internacional del país frente a los Estados partes, que es  condición de vigencia de este tratado, en conformidad con la Ley Nº 23.849; Convención Americana sobre Derechos Humanos ( Pacto de San José de Costa Rica): artículos 1,3,4,6; Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos: articulo 6; que gozan de jerarquía constitucional en virtud del artículo 75 inc. 22 de la Constitución nacional)
Que esos dispositivos constituyen Ley Suprema de la Nación, en los términos del articulo 31 de la Constitución Nacional, debiendo las autoridades de cada provincia conformarse a ellos
Que complementariamente, la Constitución Provincial reconoce y garantiza los derechos, declaraciones y garantías enumerados en la Constitución Nacional ( Const. Pcia de Buenos Aires, artículo 12)
Que el respeto de toda vida humana constituye el valor básico sobre el que se asienta la convivencia en sociedad
Que la efectiva defensa y garantía del derecho a la vida de todos los seres humanos se realiza “no solo creyendo que la vida comienza en la fecundación y acaba en la muerte natural” sino “comprometiéndose en obras y acciones para proteger el derecho a la vida”
Que declarar “Distrito Pro Vida” al distrito de Tornquist significa la reafirmación del compromiso de esta comunidad con la vida de todos los seres humanos, sin exclusiones, ni discriminaciones arbitrarias, entendiéndola como un valor social su cuidado y respeto.
Que la declaración de “Distrito Pro Vida” propiciada para este distrito se identifica claramente con propuestas positivas que permitan darle un adecuado marco de legalidad a acciones de la humanidad  y de la naturaleza que aporten a la vida de todos los seres humanos, sin discriminaciones arbitrarias, ni exclusiones de ninguna índole. Dichas propuestas apuntarán a la implementación de actividades específicas que contribuyan a la finalidad de esta iniciativa, tales como: charlas destinadas a los adolescentes y jóvenes, talleres en el marco de las familias, jornadas solidarias, campañas de concientización e información a través de los medios de comunicación masiva y las instituciones escolares y deportivas, y en definitiva todas aquellas acciones tendientes al cuidado de la vida  como el bien más preciado.
Que dicha declaración implica la asunción del deber de defender la vida de todo ser humano desde su inicio a su término natural, como el valor básico sobre el que se asienta la convivencia en sociedad.
Que la declaración propiciada, al mostrar claramente el compromiso de nuestra comunidad con la vida, cuidándola y respetándola integralmente desde la concepción hasta su finalización, implica el firme rechazo de todo aquello que ponga la vida de  los seres humanos en situación de riesgo evitable, tanto la propia como la de otros, toda vez que fuera incoherente que se adoptasen o permitiesen rutinas, hábitos y vicios que desdijeran lo que afirmamos defender. Por eso rechazamos las drogas y el consumo excesivo de alcohol por respeto a nuestra vida, rechazamos superar los límites de velocidad al conducir, por respeto a la vida de los demás, y rechazamos el deterioro medioambiental por respeto a la vida de todos.
Que asimismo la declaración peticionada, implica el respeto a la maternidad y a la ancianidad, fomentando el apoyo al entorno que mejor procura la concepción y la contención: el compromiso de amor en la familia, entendiendo a la familia como base fundamental de toda protección de la condición humana.
Por otro lado  haciendo todo lo posible por aliviar la situación de angustia, que a veces puede sobrevenir ante un embarazo inesperado. Pensamos que el respeto a la vida comienza y se fundamenta en la educación por el amor y la responsabilidad. Paralelamente debe proyectarse a corto plazo, el desarrollo de una política de salud  y prevención que atienda todo lo concerniente a: educación para la salud, embarazo adolescente, seguimiento de casos, etc

Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
En uso de sus facultades, propone el siguiente
PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo Nº 1: Declárese al Distrito de Tornquist como “DISTRITO PRO VIDA”
Articulo Nº 2: Que en este marco, es imprescindible la reanudación de actividades del Consejo del menor y la Familia dentro de la esfera municipal, a fin de dar participación activa en estas temáticas a todos los organismos implicados para llevar a la práctica la esencia de este proyecto
     
Articulo Nº 3: De forma.-     


No hay comentarios:

Publicar un comentario

manda reflejos al 1515 con tu comentario.
gracias por su opinion. FM _Reflejos

Data Fiscal

Buscar este blog