Hotel Provincial Sierra de la Ventana

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23 marzo 2012

Paritaria salarial: Trabajadores de leyes especiales

UPCN cerró en acuerdo con las autoridades provinciales los aumentos salariales para el personal de Obras Sanitarias (ley 10.384) y Técnicos Gráficos (ley 10.449).

Los aumentos vigentes a partir del 1ro de marzo son para el personal de Obras Sanitarias de la Provincia de Buenos Aires (ley 10.384) y de técnicos gráficos que desempeña tareas en la Administración Pública Provincial (Ley 10.449).

Personal de Obras Sanitarias

Con respecto a los trabajadores de este sector, ese estableció la base fija convencional en un 20,90%, pasando la misma de $ 578,20 a $ 699,04.
Con relación a la bonificación remunerativa no bonificable de $ 250, establecida en el decreto 1181/11 (artículo 2°), la misma se incrementaría en un 20.9%, elevándose a $ 302,25.
Por otro lado,se prevé la eliminación de la bonificación otorgada por decreto 4840/89 de $ 1,20.

A su vez, se contempla el incremento en $ 247,00 de la bonificación remunerativa no bonificable establecida por decreto 1181/11 (articulo 3°), quedando establecida en $ 547,00.

De esta manera, un agente perteneciente a la categoría 6, sin antigüedad, que actualmente percibe $ 2.003,54, pasará a cobrar 2.545,83, incrementándose en $ 542,30 el salario de bolsillo, lo cual representa una mejora de 27,07%.

Los agentes, categoría 11, con 3 años de antigüedad, que perciben $ 2.596,09, comenzarían a cobrar 3.262,23, una mejora de bolsillo de $ 666,14, equivalente a un 25,66%.


Personal técnico gráfico

Por su parte, para el personal técnico gráfico que desempeña tareas en la Administración Pública Provincial, comprende un valor del módulo de 0.6658 a 0.7974, mejora promedio del 19,76%.
En cuanto a la bonificación remunerativa no bonificable del decreto 872/08, artículo 2°, inciso 3°, esta se elevará de $ 576 a $ 857.
A su vez, se elimina la bonificación correspondiente al decreto 2953/07 de $ 66.
Por otra parte, se disminuye en $ 20 la bonificación remunerativa no bonificable de acuerdo a lo establecido en el artículo 13 del decreto 1823/05, modificada por decreto 518/08, quedando en $ 230.

Se incrementa en un 19,76% de la bonificación remunerativa no bonificable, correspondiente al decreto 872/08, artículo 2, inciso 4°, y sus modificatorias.

Así, por ejemplo, los agentes de la categoría 5 percibirán una mejora de $ 74,22 a $ 88,88, los de la categoría 6 a 10, de $ 111,32 a $ 133,32, de la categoría 12 a 14, $ 148,43 a $ 177,76, y quienes integren las categorías 16 a 21, de $ 185,54 a $ 222,20.

A su vez, se da el incremento de la bonificación remunerativa por categoría, de acuerdo al artículo 7° del decreto 1433/09, y sus modificatorias, en un 60%.

De esta manera, los agentes de la categoría 5, con una antigüedad de 2 años, pasarán percibir de $ 4.060,30 a $ 4.903,70, una mejora de $ 843 de bolsillo, lo cual representa un incremento de 20,8% promedio.

Por su parte, los trabajadores de la categoría 7, comenzarán a cobrar de $ 4.155,50 a $ 5.018,20, mejora del salario de bolsillo de $ 862,70, un aumento equivalente a 20,8%.

Todos los aumentos para los agentes de este sector se incorporaran desde el 1ro de marzo del presente año.

Asi mismo, los representantes de UPCN (Union Presonal Civil de la Nación) solicitaron en forma explicita a las autoridades, que desarrollen una politica de metas y objetivos de produccion a Cumplir, y en funcion de esa planificaciòn elaborar un plan de inversiones por etapas, para poder dar cumplimiento a las mismas, ya que en muchos casos, no tienen personal, ni insumos o no funcionan las maquinas que tienen demasiados años de uso.

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