En referencia a la falta de prestaciones médicas en los distritos, que afecta la extensión de certificaciones médicas a los afiliados que por encontrarse enfermos no podrán reintegrarse todavía a sus actividades ,les enviamos la Circular 09 de la Dirección de Salud Laboral qu dispone como proceder en esos casos.
SECRETARÍA GREMIAL.
CIRCULAR Nro. /09 - Ref.Licencia por enfermedad / certificaciones médicas.-
En el marco de la Pandemia de Gripe A H1 N1 y la situación epidemiológica actual en la Provincia de Buenos Aires, considerando que los efectores de salud se encuentran abocados a tal circunstancia, y que ello podría dificultar la extensión de certificaciones médicas a docentes que por razones de enfermedad se vieran impedidos de asistir a sus actividades laborales (Licencia por enfermedad), la Dirección de Salud Laboral informa que:
Aquellos docentes que inasistan a sus lugares de trabajo por las causales mencionadas e impedidos de presentar en lo inmediato las certificaciones médicas que acrediten tal circunstancia ante la autoridad escolar correspondiente; podrán efectuarlo al momento del reintegro laboral.
La vigencia de la presente será hasta tanto ésta Dirección de Salud Laboral imparta nuevas instrucciones.
DIRECCIÓN DE SALUD LABORAL, 1 DE JULIO DE 2009.-


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