Antenas en Sierra de la Ventana: el Defensor del Pueblo de la Prov. de Buenos Aires recomendó la relocalización.
El reclamo de ONG Ambiente Comarca se basó principalmente en que el Instituto Mundial de Investigación del Cáncer junto a la OMS, clasificó, en mayo de 2011, a las Radiaciones No Ionizantes que generan las antenas emisoras de radiofrecuencias como POSIBLEMENTE CANCERÍGENAS PARA HUMANOS (GRUPO 2B), remarcando que los cerebros de los niños absorben mas del doble que un adulto de este tipo de radiación, debido a que su corteza craneal está en desarrollo.
Los fundamentos sobresalientes en los cuales se sustentó la recomendación del Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires son los que expresan que ninguna de las dos instalaciones cumplen con los requisitos de la resolución 144/07, sin contar ambas con tramitación alguna, ni permisos de instalación y funcionamiento en el OPDS, por lo cual ante la situación irregular planteada podrían encontrarse comprometidos los derechos a la salud de los habitantes y la preservación del medio ambiente.
Adjuntamos el texto completo de la Resolución N° 64/12, como así también las imágenes correspondientes a los artículos 1° y 2°, en donde el Defensor del Pueblo expresa la RECOMENDACIÓN dirigida al OPDS y al Municipio de Tornquist para ejecutar las medidas necesarias con el fin de lograr la reubicación de las torres y antenas.





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