· N°2635/14. Donde está prohibido arrojar residuos en la via publica, veredas y terrenos baldíos. Estos últimos deben ser mantenidos por sus propietarios.
· N°75 y 999/94. Cada frentista deberá cortar con un cesto de residuos, resistente, con tapa.
· Ordenanza Fiscal Impositiva del año 2015. “Tasa por Servicios Especiales de Limpieza e Higiene”. La recolección de residuos donde la magnitud no corresponda al servicio normal de recolección, se cobrara y en caso de no hacerse, se cargara a la partida municipal.
De no cumplirse con las mismas, se dará curso al cobro de infracciones.
Recordamos que el municipio ha sumado un sistema gratuito de carros para los residuos de poda.
Solicitamos colaborar con el sistema de limpieza de la ciudad para construir entre todos un lugar turístico limpio.
Dirección de Comunicación
Tornquist Municipio
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gracias por su opinion. FM _Reflejos