PROGRAMAS

12 enero 2016

El FR en la Asamblea de Mayores Contribuyentes

Se llevó a cabo en el Honorable Concejo Deliberante la Asamblea de Concejales con Mayores contribuyentes, convocada por el Artículo 98º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Aprobándose por unanimidad los expedientes:

· #Expte. Nº 282/15: - D.E. – Ordenanza Fiscal – Ejercicio 2016
· #Expte. Nº 283/15: - D.E. - Ordenanza Impositiva – Ejercicio 2016

El Frente Renovador TORNQUIST estuvo presente en el recinto, representado por el Sr. Jorge Simon, apoderado del espacio que conduce Sergio Massa; quien agradeció la presencia de los ciudadanos Tornquistenses que integran los Mayores Contribuyentes; y así mismo convocó a la participación de todos los vecinos, con la finalidad de lograr plena representación de los sectores y localidades del Distrito.

Cabe destacar que, a partir del próximo 2 de mayo hasta el 15 del mismo mes, se abrirá en el Municipio el registro para integrar el listado de Mayores Contribuyentes del Distrito, teniendo como requisito los artículos que a continuación se detallan:
Son requisitos para integrar la asamblea de Mayores contribuyentes :

ARTICULO 93°: (Texto según ley 5887) A los fines del artículo 193, incisos 2º y 3º de la Constitución, tienen la calidad de mayores contribuyentes, los vecinos que paguen anualmente impuestos municipales que en conjunto excedan los doscientos pesos moneda nacional ($200 ).

ARTICULO 94°: (Texto según ley 5887) Para la integración de la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes se procederá conforme a las siguientes reglas:

1. - Anualmente, desde el 1° hasta el 15 de mayo, los Contribuyentes en las condiciones establecidas en el artículo 93° podrán inscribirse en un Registro especial que al efecto habilitará el Departamento Ejecutivo.
2. - No podrán inscribirse:
a) Los que no tengan su domicilio real y permanente en el Municipio.
b) El Intendente y los Concejales.
c) Los incapaces, los quebrados y concursados civiles.
d) Los que estén comprendidos en las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en los artículos 6 y 7.
e) Las Personas Jurídicas.

Prensa FR Tornquist.

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