Hotel Provincial Sierra de la Ventana

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14 enero 2011

Darán extricto cumplimiento a la Ordenaza contra ruidos molestos

La Delegacion Municipal de Villa Ventana y en razón de las innumerables quejas y denuncias verbales que hacen a la necesidad de erradicar los RUIDOS MOLESTOS y maximo teniendo en cuenta que estamos transitando por la temporada de verano, solicita a Empresarios cabañeros, constructores, comercios y poblacion en general, que a los fines de mantener una buena convivencia para el bien comun que todos perseguimos, se respete la ORDENANZA Registrada con el Nº 2, que a continuación se trancribe:

VISTO:
La necesidad de erradicar los ruidos molestos con la finalidad de asegurar a la población el mayor bienestar y la mayor tranquilidad:

CONSIDERANDO:
Que tanto la población estable como la temporaria tiene como derecho implícito la procura de reposo y la preservación de un medio sicológicamente higiénico en el cual no existan causas que provoquen alteraciones ni molestias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES DEL DEPARTAMENTO DELIBERATIVO SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE:

ORDENANZA:

ARTICULO 1º: Se prohíbe producir, causando estimular ruidos molestos, cualquiera ---------------------- cualquiera sea su origen, cuando por razones de la hora y lugar o por su cualidad o grado de intensidad, se perturbe o pueda perturbar la tranquilidad o reposo de la población o pueda causar perjuicios o molestias de cualquier naturaleza.

ARTICULO 2º: La presente ordenanza rige para los ruidos producidos en la vía pública, ------------------- parques, paseos, salas de espectáculos, centros de reunión, comercios y en todo los lugares donde se desarrollan actividades públicas o privadas, así como en las viviendas individuales o colectivas.

ARTICULO 3º: La publicidad comercial ejecutada mediante altavoces, transmisiones

------------------- radiotelefónicas o fonográficas no realizadas en la vía pública deberá hacerse en el horario de 10 a 12 y de 18 a 20 horas y en todos los casos sin producir alteraciones o molestias por estridencias. El mismo horario y la misma exigencia deberá observarse para la circulación de rodados con altavoces, sobrevuelo de aviones que emitan propaganda oral y la venta por pregón con amplificadores.

ARTICULO 4º: Los comercios donde se ejecuta o se emita música o textos, como así

------------------- mismo aquellos que por las características de su naturaleza produzcan algún tipo de ruido o sonido que trascienda a la vía pública deberá contar con la cobertura acústica correspondiente.

ARTICULO 5º: Se deberá utilizar protecciones individuales y dispositivos tales que

------------------- reduzcan los ruidos que producen barreros, martillos neumáticos,

Soldadoras, remachadoras, sierras, mezcladoras, y demás máquinas y elementos que se utilicen dentro de las zonas urbanas, para la reparación y/o construcción de obras públicas o privadas quedando prohibido el uso de dichas máquinas fuera del horario de comercio habitual para cada época del año y los días sábados después de las 12:30 horas, domingos y feriados.

ARTICULO 6º: La infracción o cualquiera de las disposiciones de la presente

------------------- ordenanza será sancionada con multas que ira desde un (1) sueldo mínimo de la administración municipal hasta diez (10) sueldos de similar características, reservándose la Municipalidad de Tornquist el derecho de suspender o retirar definitivamente la habilitación municipal en casos de reiteración o infracciones.

ARTICULO 7º: Comuníquese a las delegaciones Municipales.

ARTICULO 8º: Cúmplase, regístrese, y publíquese, y archívese.

REGISTRADA BAJO Nº 2.
Tornquist, 6 de enero de 1982.-

Agradecemos su total colaboración, en el fiel cumplimiento de la presente ORDENANZA.

Juan A. Bustriazo
Delegado Municipal
Villa Ventana

3 comentarios:

  1. Hay un dispositivo interesante para controlar los ruidos en: http://www.datatecargentina.com.ar/productos.htm

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  2. La ordenanza existe pero los funcionarios de turno como el Delegado de Sierra de la Ventana Sr. Lagos, Daniel, el Inspector de Sierra de la Ventana Cabezas, Gustavo y peor aún el Secretario de Gobierno Lofler no la hacen cumplir.
    Un grupo de vecinos del Barrio Valle Hermoso han presentado 5 denuncias por el taller de carpintería de Cabrera, Pablo (Taller de Pablo) ubicado en ese Barrio en calle Girondo casi esquina Lugones por ruidos molestos a toda hora, sábados, domingos y feriados.
    ¿Qué dicen los funcionarios?. Que creen está derogada.
    Sin palabras.

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  3. El taller del Sr. Cabrera, Pablo (Taller de Pablo) ubicado en calle Girondo casi esquina Lugones continúa trabajando al aire libre generando ruidos molestos con máquinas pasadas de carpintería molestado con ellos a los vecinos mas cercanos. La Municipalidad lo habría habilitado. Solo es necesario pasar por el lugar y ver si un galpón de madera totalmente precario y trabajando al aire libre puede ser habilitado por el municipio.
    Sin palabras.
    Sierra de la Ventana, lugar de paz y tranquilidad. Ja, dejémonos de jorobar.

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gracias por su opinion. FM _Reflejos

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